Carácter estatutario de la Administración pública.

Date
2014
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Publisher
Universidad Miguel de Cervantes. Escuela de Derecho
Abstract
Este estudio tiene por objeto abarcar el tratamiento de una problemática que existe en chile, pero no hay interés por parte del legislador en legislar el tema, pese a que la O.I.T. en adelante organización internacional del trabajo, ha hecho diversas sugerencias a chile en legislar sobre la problemática del carácter estatutario de la administración pública. Este carácter estatutario tiene diversos efectos, dado que no se aplica la legislación común, los funcionarios públicos se rigen por un derecho específico que es el derecho administrativo y este contempla el estatuto administrativo, que es el cuerpo jurídico por el cual se rigen los funcionarios públicos, pero la ley señala que en el caso de silencio de ley, es decir cuando una determinada situación no sea tratada en la norma, se deberá recurrir a otra norma jurídica del mismo rango legal, así reza el aforismo jurídico, pero aplicando esto al caso en concreto seria el código del trabajo, la norma jurídica que debería aplicarse a los funcionarios públicos, cuando el estatuto administrativo no establece normas para situaciones específicas, como por ejemplo, los funcionarios públicos no pueden formar sindicatos, es más esta prohibición es incluso de rango constitucional, es en esta materia donde la O.I.T. ha ordenado derogar esta figura, dado que la libertad sindical, es un derecho humano, por tanto su valor es supra-constitucional, y para esto utilizaremos un método cualitativo del nivel descriptivo dado que indagaremos en la situación en que se encuentran los funcionarios públicos de nuestro país Chile, mostrando cual es el nivel de asociación gremialista que existe entre ellos.
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