Carácter estatutario de la Administración pública.
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Date
2014
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Publisher
Universidad Miguel de Cervantes. Escuela de Derecho
Abstract
Este estudio tiene por objeto abarcar el tratamiento de una problemática que
existe en chile, pero no hay interés por parte del legislador en legislar el tema,
pese a que la O.I.T. en adelante organización internacional del trabajo, ha
hecho diversas sugerencias a chile en legislar sobre la problemática del
carácter estatutario de la administración pública.
Este carácter estatutario tiene diversos efectos, dado que no se aplica la
legislación común, los funcionarios públicos se rigen por un derecho específico
que es el derecho administrativo y este contempla el estatuto administrativo,
que es el cuerpo jurídico por el cual se rigen los funcionarios públicos, pero la
ley señala que en el caso de silencio de ley, es decir cuando una determinada
situación no sea tratada en la norma, se deberá recurrir a otra norma jurídica
del mismo rango legal, así reza el aforismo jurídico, pero aplicando esto al caso
en concreto seria el código del trabajo, la norma jurídica que debería aplicarse
a los funcionarios públicos, cuando el estatuto administrativo no establece
normas para situaciones específicas, como por ejemplo, los funcionarios
públicos no pueden formar sindicatos, es más esta prohibición es incluso de
rango constitucional, es en esta materia donde la O.I.T. ha ordenado derogar
esta figura, dado que la libertad sindical, es un derecho humano, por tanto su
valor es supra-constitucional, y para esto utilizaremos un método cualitativo del
nivel descriptivo dado que indagaremos en la situación en que se encuentran
los funcionarios públicos de nuestro país Chile, mostrando cual es el nivel de
asociación gremialista que existe entre ellos.