El Delito De Abuso Sexual En Niños, Niñas Y Adolescentes; En El Marco De La Ley N.º 21.057.

Date
2022
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Publisher
Universidad Miguel de Cervantes. Escuela de Derecho
Abstract
La Entrevista Investigativa Videograbada ( EVI), consiste en aplicar una técnica validada a nivel internacional de manera de recoger, durante la declaración del niño , más información, con mayor detalle y de mejor calidad, evitando sesgos y contaminación del relato. De esta manera, se puede disponer de mejores herramientas para orientar la investigación y la posterior resolución judicial del caso. 1 Dentro de las garantías, que debe entregar todo Estado a sus nacionales esta la Protección de la Libertad e Indemnidad Sexual; sin embargo, pareciera no tener la ponderación suficiente, frente a otras demandas que los ciudadanos le exigen al Estado priorizar, más aún cuando hablamos de protección a NNA., que han sido víctimas de delitos sexuales. Situación que riñe con un efectivo cambio de procedimientos procesales, a los que debemos someternos internamente, si celebramos ser parte de los estados que abrazan las indicaciones de la Convención de los Derechos del Niño. Es imperativo, contar con mecanismos de protección al ofendido acorde a su edad, dotar de personal técnico y profesional capacitado para cumplir esta labor, en el caso particular de esta ley, su eje central es un cambio de paradigma respecto a la relación víctima y operadores del sistema, atendiendo principalmente a que las victimas se encuentran en plena formación emocional, biológica y social. Reconociéndoles como sujetos de derecho y poseedores de características especiales. La protección de la libertad e indemnidad sexual de los menores de edad, pasa a transformarse en un Bien Superior, que debe ser salvaguardado por el Estado. Reforzando nuestro rol, sin exclusión alguna, de ser garantes en la protección de sus derechos. Nuestro Código Penal, en su Libro II, Titulo VII, párrafos 5 y 6; tipifica los delitos cometidos contra los menores de edad. Sin embargo, la tipificación por si sola, no basta para cumplir con el mandato de amparar este BIEN SUPERIOR DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES (NNA), es necesario complementarle con leyes acordes, organismos gubernamentales y civiles que estén en sintonía de la búsqueda de justicia y sobre todo de caminar hacia una reparación. Es en este sentido y como han manifestado sus impulsores, la Ley N.º 21.057, ofrece un importante ámbito de protección al menor, como lo es la prevención de la victimización secundaria y un sustancial giro hacia la especialización de los intervinientes interinstitucionales.
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