Gendarmeria de Chile y la ley de responsabilidad adolescente
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Date
2018
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Universidad Miguel de Cervantes. Escuela de Derecho
Abstract
La experiencia, como se ha venido mostrando en nuestro país, ha dejado
bastantes interrogantes acerca de la intervención y tratamiento que les estamos
brindando a nuestros jóvenes infractores de Ley. Como en los últimos años, hemos
sido testigo de un gran número de menores infractores de Ley que no logra ser
reinserto en la sociedad, por el contrario, cada día más y más aumenta el número
de menores involucrados en delitos de gravedad y connotación pública. La
reincidencia de los memores infractores es cada vez más alta y, la edad de
comienzo a la perpetración de conductas delictivas es cada vez temprana,
encontrando casos de ingresos a la red de intervención del Servicio Nacional de
Menores, a la corta edad de ocho años; lo que deja en clara evidencia un problema
país que crece a pasos agigantados y va develando el mal manejo del Estado y de
la sociedad en general en materias de prevención, intervención y reinserción de los
menores infractores de Ley.
La restricción del derecho a la libertad de menores, como corolario de una
conducta delictiva, no es la forma adecuada de atacar un problema psicosocial de
las personas, mucho menos a menores de edad, en consecuencia, el procedimiento
establecidos por la Ley 20.084, de Responsabilidad Penal Adolescente (en adelante
R.P.A.), a través de medios coercitivos no proporciona una intervención profesional
apropiada que permita rehabilitar el menor, por el contrario, inmergen al menor en un mundo quizá para ellos desconocido (la cultura carcelaria), al cual se irá
acostumbrando y sin tener la ayuda necesaria en un ambiente libre de
contaminantes criminológico, no podrá salir jamás.
El estado de Chile ha entregado en manos de la Institución Estatal Servicio
Nacional de Menores, en adelante SENAME, la custodia y cuidado de los
adolescentes infractores a la Ley Penal, con arreglo a las disposiciones de la Ley
20.084, tratando las formas, los procedimientos de intervención, la sanción
propiamente tal y el cumplimiento de las demás medidas alternativas adoptadas por
consecuencia de su responsabilidad penal que pudiere caer sobre los adolescentes
por los delitos que cometan.