Origen naturaleza juridica y efectos de la accion de nulidad de la adopcion en la ley 19.620

Date
2016
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Universidad Miguel de Cervantes. Escuela de Derecho
Abstract
Es preciso contemplar al momento de desarrollarla este acápite que el termino filiación, proviene de filius termino que emana del latín y que corresponde al hijo por lo que concernirá a la relación existente entre padres e hijos, por lo que en estricto rigor se trata de una persona sea hijo de otra la cual es padre o madre, ahora bien después de esta primera aproximación a la clasificación es menester concluir que siempre correspondería a un hecho natural, lo cual jurídicamente no siempre corresponde y no necesariamente existirá coincidencia. Como estudiaremos en capitulo respectivo la filiación adoptiva no es biológica la relación existente entre los padres y el hijo y la misma conclusión se puede colegir cuando el ser humano interviene artificialmente en la procreación.
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